El modelo 303 para revendedores
El 303 es la declaración trimestral del IVA y es, en la práctica, donde se ve si has llevado bien las facturas de compra. Para un revendedor de lotes el mecanismo es sencillo una vez lo entiendes.
Cómo funciona, en una frase
Sumas el IVA que has cobrado en tus ventas (repercutido), le restas el IVA que has pagado en tus compras (soportado) y la diferencia se ingresa o queda a compensar. Nada más.
Por eso guardar las facturas de compra no es burocracia: cada factura que no tienes es IVA que pagas de tu bolsillo.
Qué IVA soportado puedes deducir
- Los lotes que compras, si la factura está a tu nombre fiscal.
- Los portes y el material de embalaje.
- Las comisiones de las plataformas donde vendes.
- El trastero o almacén, si lo tienes.
- Material y herramientas para probar y preparar el producto.
Los plazos
Se presenta trimestralmente, en los veinte primeros días de abril, julio y octubre, y el cuarto trimestre en enero (con un plazo algo distinto). Se puede domiciliar el pago si presentas con unos días de antelación, y esa es la forma de no acabar presentando el último día.
Los errores que más se repiten
- Comprar el lote sin poner el NIF: sin factura a tu nombre no deduces nada.
- Olvidar las comisiones de las plataformas, que llevan IVA y son deducibles.
- Deducir gastos personales. Si no está afecto a la actividad, no va.
- No presentar un trimestre sin ventas: hay que presentarlo igual, aunque salga a cero.
Una nota importante
Esto es información general para orientarte, no asesoramiento fiscal. Cada situación tiene particularidades y conviene contrastarla con un gestor: cien euros de asesoría al empezar ahorran mucho después.
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Ver los lotes disponiblesPreguntas frecuentes
¿Puedo deducir el IVA de los lotes que compro?
Sí, si estás dado de alta y la factura está a tu nombre fiscal o de tu empresa.
¿Hay que presentar el 303 si no he vendido nada?
Sí. Aunque salga a cero, el trimestre hay que presentarlo.