Hacienda y la venta de segunda mano
Hay una diferencia importante entre vender lo que tenías por casa y comprar para revender. La primera situación casi nunca genera obligaciones; la segunda sí, desde el principio.
Vender tus cosas usadas
- Vender un mueble o un móvil viejo por menos de lo que te costó no genera ganancia patrimonial.
- No es actividad económica si es ocasional y sin ánimo de lucro comercial.
- No hay que darse de alta ni emitir facturas.
- Aun así, la plataforma puede informar de tus cobros por la normativa DAC7.
Comprar para revender
- Es actividad económica desde que hay habitualidad, sin cifra mínima.
- Obliga a darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
- Declaración trimestral de IVA (modelo 303) y pagos fraccionados de IRPF (modelo 130) según el régimen.
- Facturas numeradas y correlativas, sin saltos.
- A cambio, todo lo relacionado con la actividad es deducible.
El régimen especial que conviene consultar
- Para la reventa de bienes usados existe el REBU, donde el IVA se calcula sobre el margen y no sobre el precio total de venta.
- Puede convenir mucho en reventa, pero tiene requisitos propios de registro y facturación.
- Cambiar de criterio a mitad de ejercicio es un lío.
- Habla con un gestor antes de emitir la primera factura, no después.
Para terminar
Esto es información general para orientarte, no asesoramiento jurídico ni fiscal. Cada caso tiene particularidades y conviene contrastarlo con un profesional.
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¿Cuánto tiempo tengo para devolver un pedido?
14 días naturales desde la recepción, sin necesidad de dar explicaciones, en compras a distancia como consumidor.
¿Puedo reclamar el contenido de un lote?
El contenido variable no es reclamable, porque se informa antes de comprar. Para eso está el derecho de desistimiento.
¿Esto es asesoramiento legal?
No. Es información general para orientarte; cada caso concreto conviene contrastarlo con un profesional.